
La reforma elimina el artículo 7 de la Ley de Bioinsumos, que establecía la prohibición del herbicida, y condiciona su reemplazo a la existencia de alternativas autorizadas. Además, habilita al Poder Ejecutivo a definir plazos y condiciones para una transición progresiva, mientras continúa vigente el resto de la normativa.
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